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Elche denegado, se conoce el veredicto del Comité de Competencias por Gavi

Se comunicó el veredicto del órgano disciplinario federal que rige sobre LaLiga

Por Pablo Aguilar

Se comunicó el veredicto del órgano disciplinario federal que rige sobre LaLiga
Se comunicó el veredicto del órgano disciplinario federal que rige sobre LaLiga
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El FC Barcelona y el Elche ya conocen el veredicto del Comité de Competición sobre la denuncia que el conjunto de la comunidad valenciana presentó sobre la supuesta mala inclusión del jugador Pablo Gavira en su encuentro disputado el primero de abril de este año. El ’Caso Gavi’, sigue dando que hablar y continúa dandole argumentos absurdos a los equipos para quejarse sobre las derrotas ante el equipo blaugrana.

 

Como comentábamos hace unas semanas, era casi una obviedad que la impugnación sería desestimada y hoy se conoció la resolución final del ente que rige sobre estos asuntos. El órgano disciplinario federal determinó desestimar la denuncia del Elche y la victoria del partido seguirá siendo de la escuadra de Xavi Hernández, tal y como sucedió dentro del campo, 0 a 4.

Los ’franjiverdes’ alegaban a que la licencia como jugador del mediocampista palaciego Gavi, había sido cancelada en algún momento de la temporada. LaLiga lo retiró de la página web oficial ya que denegó el contrato renovado que lo dejaba como jugador del primer equipo. Y por ello volvió a la ficha antigua, la del filial, con la dorsal número 30.

Como ya se explicó en su momento, en ninguna ocasión se le canceló la licencia como profecional al nacido en Los Palacios, sino que fue momentáneamente desactivada para luego volver a activarse una vez que su situación se reguló. A pesar de las explicaciones pertinentes, los ’ilicitanos’ mantuvieron su postura y se estrellaron contra una pared.

 

El veredicto

La respuesta del Comité fue contundente y clara. Luego de darle el tiempo pertinente a ambos lados para hacer su descargo comunicó lo siguiente: “En ningún momento, en consecuencia, se procedió a la cancelación de la licencia del jugador, no pudiendo entenderse vulnerado el artículo 141.5 del Reglamento General federativo al que se hace referencia en el fundamento jurídico tercero de esta resolución. El jugador, en definitiva, cumplía con todas las condiciones exigidas en el artículo 248.1 de este mismo Reglamento General, que enumera los requisitos generales que deben cumplir los futbolistas para ser alineados.


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